Plazo de renuncia y revocación al método de estimación objetiva para el año 2026

3 febrero 2026

Actualidad. 3 a 9 de febrero de 2026

Plazo de renuncia y revocación al método de estimación objetiva para el año 2026

El RDL 2/2026 art.11 ha establecido un nuevo plazo de renuncia y revocación de la renuncia al método de estimación objetiva para el año 2026, que puede ejercitarse desde el 5-2-2026 hasta el 16-2-2026.

  • MF nº 1461 s.
  • MIRPF nº 4663 s.
  • MPT nº 1233

No obstante, las renuncias y revocaciones presentadas, para el año 2026, durante el mes de diciembre de 2025 o en enero de 2026 durante el período de vigencia del RDL 16/2025 (es decir, hasta el 27-1-2026), se entienden presentadas en período hábil.
En cualquier caso, los sujetos pasivos que renunciaron o revocaron sus renuncias en las fechas indicadas pueden volver a modificar su opción en el plazo previsto en el párrafo anterior. RDL 2/2026 art.11, BOE 4-2-26

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