27 enero 2026
Derogación RDL 16/2025: efectos tributarios
Desde el 28-1-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 16/2025, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
No existe obligación tributaria específica que obligue a suministrar información sobre el dinero que una persona física tiene en efectivo, siempre que no tenga obligación de presentar el IP, el dinero no tenga origen en bienes o derechos situados en el extranjero y no se hayan realizado movimientos transfronterizos de efectivo, sin perjuicio del deber de justificar la operación realizada a requerimiento de la Administración.
MF nº 13090 s.
MPT nº 3066 s.
Una persona física que retira dinero en efectivo de su cuenta bancaria, cuyo origen asegura ser lícito, plantea si existe alguna obligación formal asociada a la tenencia del mismo, así como el modo de justificar la operación realizada a requerimiento de la Administración. La DGT define la hipótesis de partida de esta consulta con la concurrencia de tres circunstancias:
Bajo estas premisas, concluye que no existe una obligación tributaria específica que obligue a suministrar información sobre la tenencia del dinero en efectivo. Respecto a la justificación de la operación realizada a requerimiento de la Administración, se remite a lo dispuesto en la legislación civil relativo a los medios de prueba (LEC art.299), cuya valoración corresponde a la Administración tributaria. DGT CV 3-9-25EDD 2025/726341
27 enero 2026
Desde el 28-1-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 16/2025, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
1 enero 2026
Se establece una exención del pago del canon del agua por los usos del agua efectuados como consecuencia de los incendios del verano y el otoño del año 2025.
4 noviembre 2025
La exención del IBI aplicable a superficies forestales repobladas o regeneradas se concede por 15 años desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud, independientemente duración de los trabajos. No obstante, si posteriormente se realiza un nuevo proyecto de ordenación sobre la misma superficie, puede volver a concederse.
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