4 agosto 2026
Novedades en el IGIC y en el AIEM
Al objeto de proporcionar claridad y coherencia en la norma, se suprime expresamente del IGIC la aplicación del tipo del 3% a las entregas e importaciones del petroléo y productos derivados del refino. En el AIEM, se elimina en el tipo impositivo la referencia a los productos derivados del petróleo y, además, establece con carácter temporal el tipo 0% a la importación de dióxido de carbono.