Indemnizaciones de seguros agrarios percibidas en 2023 para compensar pérdidas de ingresos de la actividad en el IRPF

19 marzo 2024

Actualidad: 12 a 18 de marzo de 2024

Indemnizaciones de seguros agrarios percibidas en 2023 para compensar pérdidas de ingresos de la actividad en el IRPF
  • Se establece la posibilidad de imputar en 2023 o 2024 las indemnizaciones de seguros agrarios percibidas en 2023 para compensar pérdidas de ingresos de la actividad.

19Con efectos a partir del 15-3-2024, los contribuyentes que hayan percibido en 2023 indemnizaciones procedentes de seguros agrarios, en concepto de compensación de pérdidas de ingresos de su actividad, pueden optar, independientemente del criterio de imputación temporal de ingresos y gastos que apliquen o vengan aplicando, por imputar la totalidad de las cantidades percibidas por estas indemnizaciones al período impositivo 2023 o al 2024.
La opción se debe ejercitar en la autoliquidación del IRPF del periodo impositivo 2023, presentada en el plazo establecido en la Orden Foral por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto.LF Navarra 2/2024 disp.adic.20ª, BON 14-3-24

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