Extensión de medidas de apoyo al sector agrario por la DANA | Actualización enero-febrero 2025 (RF 05/25) (ed. 2)

4 febrero 2025

Actualidad. 28 de enero a 3 de febrero de 2025 Extensión de medidas de apoyo al sector agrario por la DANA Con efectos 30-1-2025 se amplían nuevamente a localidades de la provincia de Valencia que no se encuentren en los términos municipales afectados.

3Con los efectos indicados, la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas por la DANA (RDL 7/2024 art.24) se extienden a las producciones, parcelas, explotaciones agrarias y elementos afectos a las mismas de la provincia de Valencia que, habiendo sido gravemente afectados por la DANA, no se encuentren localizadas en los términos municipales afectados (RDL 6/2024 anexo y RDL 7/2024 anexo). A estos efectos es necesario que se cumplan los requisitos establecidos para la concesión de estas ayudas y se justifique que los daños se deben a los efectos de la DANA, y no a otras circunstancias. Las rentas positivas que se generen por su percepción no se integran en la base imponible del IS (RDL 8/2024 disp.adic.16ª). RDL 1/2025 disp.adic.3ª, BOE 29-1-25 NOTA Esta medida ya fue aprobada por el RDL 9/2024 disp.adic.5ª, si bien no fue objeto de convalidación, por lo que quedó derogada con efectos 23-1-2025 (Congreso de los Diputados Resol 22-1-25EDL 2025/415).

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