7 abril 2026
Devengo del IIVTNU en una compraventa mediante contrato privado y entrega de la posesión
En una transmisión de un inmueble urbano instrumentada en contrato privado, el devengo del impuesto se produce en la fecha de la transmisión, entendida como el momento en que se produce la entrega de la posesión al adquirente. En estos casos, la entrega puede probarse con la ocupación del inmueble, la entrega de las llaves o el pago de tributos y gastos de la propiedad. A estos efectos, se consideran indicios de transmisión y posesión, la existencia de contratos de arrendamiento del inmueble, la titularidad catastral o un acta notarial de presencia.