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26 de noviembre a 2 de diciembre de 2024 Efectos recaudatorios aplicables a todas las ayudas obtenidas como consecuencia de la DANA
- Las ayudas obtenidas como consecuencia de la DANA contenidas en el RDL 8/2024 se declaran inembargables.
- Se extiende la inembargabilidad de todas las ayudas obtenidas a los efectos de la LEC 6180 s.
Tienen la consideración de inembargables, a los efectos de la LEC art.606, las ayudas previstas tanto en este RDL, como en los RDL 6/2024 y RDL 7/2024, así como las que se hayan concedido o se concedan entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024 por cualquier Administración o entidad pública cuyo objeto sea paliar los daños causados por la DANA en los municipios incluidos en el RDL 6/2024 Anexo. Adicionalmente, se declaran asimismo inembargables las ayudas previstas en el RDL 8/2024 a los efectos de la LGT art.169.5, por lo que, igualmente, todas las ayudas previstas en los RDL 6/2024, RDL 7/2024 y RDL 8/2024 son inembargables a estos efectos. RDL 8/2024 art.30 y disp.adic.5ª, BOE 29-11-24