30 junio 2026
Prórroga de medidas tributarias en Canarias
Se prorroga el tipo cero del IGIC para determinados productos energéticos y la devolución parcial reforzada del ICDP para gasolina y gasóleo profesionales.
10 Conforme a dicha ampliación temporal, es deducible, en los mismos términos y con los mismos requisitos exigidos en los ejercicios precedentes en los que las deducciones resultaron aplicables:1.El 20% de las cantidades satisfechas desde el 6-10-2021 hasta el 31-12-2026 por las obras realizadas durante dicho período para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual o de cualquier otra de la que el contribuyente sea titular que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31-12-2027.2.El 40% de las cantidades satisfechas desde el 6-10-2021 hasta el 31-12-2026 por las obras realizadas durante dicho período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o de cualquier otra de la que el contribuyente sea titular que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31-12-2027.3. El 60% de las cantidades satisfechas desde el 6-10-2021 hasta el 31-12-2027 por los contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo durante dicho período obras de rehabilitación energética. LIRPF disp.adic.50ª redacc RDL 16/2025 art.14.uno, BOE 24-12-25
30 junio 2026
Se prorroga el tipo cero del IGIC para determinados productos energéticos y la devolución parcial reforzada del ICDP para gasolina y gasóleo profesionales.
28 abril 2026
Con efectos desde el 29-10-2024, están exentas del Impuesto las cantidades satisfechas entre el 29-10-2024 y el 31-12-2025 por entidades privadas sin ánimo de lucro previstas en la L 49/2002, que se destinen a compensar los daños personales y materiales en las viviendas, enseres y vehículos de las personas físicas afectadas por la DANA, hasta el límite del importe del daño material sufrido o del coste de la reparación o reposición del elemento patrimonial dañado.
24 marzo 2026
Con efectos 26-3-2026, se modifica la tarifa correspondiente a la liquidación del ejercicio 2025 de los vehículos de tracción mecánica de los vehículos de categoría N (vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías con una masa máxima no superior a 3,5 toneladas).
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