Deducción por inversión en vehículos eléctricos o híbridos enchufables

25 abril 2023

Actualidad. 18 a 24 de abril de 2023

Deducción por inversión en vehículos eléctricos o híbridos enchufables

Se elimina el requisito de afectación a la actividad económica de la entidad de los vehículos nuevos para poder aplicar la deducción por inversión en vehículos eléctricos o híbridos enchufables.

15Para poder aplicar la deducción por inversión en vehículos eléctricos o híbridos enchufables, la Ley de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (L Navarra 36/2022) añadió, con efectos a partir de 31-12-2022, el requisito de que los vehículos nuevos estuvieran afectos a la actividad económica de la entidad. No obstante, con efectos a partir de 25-4-2023, se elimina este requisito.
DFLeg Navarra 4/2008 art.62.13.a redacc LF Navarra 14/2023 disp.final.2ª, BON 24-4-23

También puede interesarte

12 mayo 2026

Extinción del usufructo sobre el saldo de una cuenta bancaria por consolidación del dominio

Las transferencias de los fondos de una cuenta bancaria realizadas por el nudo propietario, a otra cuenta en la que no aparece como titular el usufructuario, supone la extinción del usufructo por consolidación del dominio, y el adquirente tiene que tributar por el ISD, si el negocio jurídico que las parten han realizado es una donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito.

6 enero 2026

Reducción por irregularidad en la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral

En las cantidades recibidas por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral, la normativa del IRPF no supedita la aplicación de la reducción por irregularidad a que se cumpla el requisito de la desvinculación efectiva del trabajador con la empresa, que solo se prevé a efectos de la aplicación de la exención a las indemnizaciones por despido o cese del trabajador.

1 enero 2026

Novedades en los modelos de autoliquidación de Galicia

Con efectos desde el 1-1-2026, se modifica el modelo 600 de autoliquidación del ITP y AJD y el modelo 620 de autoliquidación de transmisión de determinados medios de transporte usados de Galicia con el fin de adaptarlos a las diferentes medidas adoptadas en la Ley de medidas fiscales y administrativas para 2026. Los obligados a su presentación pueden seguir empleando el antiguo modelo para la presentación en papel, teniendo en cuenta el listado de deducciones y bonificaciones que puede ser consultado en la página web de la Agencia Tributaria de Galicia.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email