Activos financieros con rendimiento mixto

23 junio 2026

Actualidad. 23 a 29 de junio 2026

  • Activos financieros con rendimiento mixto
    Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural de 2026 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros. MF nº 1224MIRPF nº 3176 s.
  • 1 Los activos financieros con rendimiento mixto siguen el régimen de los activos financieros con rendimiento implícito cuando el efectivo anual explícito que produzcan sea inferior al tipo de referencia, cuyos valores para el tercer trimestre natural del año 2026, han sido determinados por la Resolución reseñada en los importes siguientes:
    • A: Activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años.
    • B: Activos financieros con plazo superior a cuatro años e igual o inferior a siete años.
    • C: Activos financieros con plazo superior a siete años.
  • En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
  • No obstante, en el caso de Deuda Pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan son los siguientes:
  • En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
  • Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional Resol 25-6-26EDL 2026/10548, BOE 27-6-26

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