24 febrero 2026
Derogación de las medidas aprobadas por el RDL 2/2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
Las contribuyentes que pretendan adquirir y aplicar la deducción por participación en proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la reducción del impacto ambiental, la transición energética y la economía circular deben presentar, a más tardar el mes siguiente a la finalización del periodo impositivo en que se formalice el contrato de financiación, una comunicación a la Administración tributaria (NF Gipuzkoa 2/2014 art.65 bis.6). Como régimen transitorio, para el primer período impositivo iniciado a partir de 1-1-2025, ese plazo es desde el 1-1-2026 hasta el 31-3-2026. DFN Gipuzkoa 1/2025 disp.trans.única, BOTHG 30-12-25EDL 2025/23928
24 febrero 2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
25 noviembre 2025
La certificación expedida por la Administración que notifica al sujeto pasivo que ha transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber efectuado el ingreso del gravamen especial sobre bienes inmuebles, habilita para la emisión de la correspondiente providencia de apremio sin necesidad de desarrollar un procedimiento de comprobación inspectora o de comprobación limitada.
11 abril 2017
Las minutas informativas presentadas en una jura de cuentas carecen de la información necesaria para ser consideradas como facturas a efectos del IVA.
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