Ayudas por daños personales exentas | Actualización diciembre 2025

23 diciembre 2025

Actualidad. 23 a 29 de diciembre de 2025

Ayudas por daños personales exentas
Desde el 26-8-2025, están exentas del Impuesto las ayudas por daños personales a las que se refiere el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26-8-2025 por el que se declara zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025. MF nº 138 MIRPF nº 1107

6RDL 16/2025 art.16, BOE 24-12-25

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Se considera aceptada tácitamente la herencia del causante, al haber dispuesto de fondos privativos del causante en cuentas de titularidad indistinta. Esta disposición de los fondos presupone una necesaria voluntad de aceptar y, además, es un acto que no habría derecho a ejecutar sin la cualidad de heredero, pues solo como heredero podía adquirir su propiedad. La consecuencia de esta retirada de fondos es la aceptación tácita de la herencia. La posterior renuncia a la herencia ante notario tras iniciarse las actuaciones de inspección tributaria, no es oponible a estas, pues la aceptación de la herencia, aunque sea tácita, es irrevocable.

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