Actualidad. 23 a 29 de diciembre de 2025Novedades en el IP de la Comunidad Valenciana
Se aprueba una nueva deducción en el IP para aquellas personas físicas que inviertan en las empresas emergentes de esta Comunidad.MF nº 3102 s.
13Con entrada en vigor el 30-12-2025, se introduce una nueva deducción del 100 % de la parte de la cuota íntegra del IP que, de forma proporcional, corresponda al valor de las acciones o participaciones en empresas emergentes de la Comunidad Valenciana, así como al valor de los préstamos concedidos a favor de estas.
Se exige que las acciones permanezcan en el patrimonio de los contribuyentes durante un período mínimo de tres años.
En el caso de operaciones de financiación, el plazo de vencimiento del préstamo deberá ser igual o superior a tres años, no pudiéndose amortizar más del 40 % anual del importe del principal.
DL C.Valenciana 14/2025 art.65.Dos y disp.final 4ª, DOGV 29-12-25; L C.Valenciana 13/1997 art.9 bis redacc DL C.Valenciana 14/2025 art.65.Dos, DOGV 29-12-25