Adaptación de los modelos de autoliquidación en Galicia | Actualización enero 2022 (RF 02/22)

18 enero 2022

Actualidad. 11 a 17 de enero de 2022


Adaptación de los modelos de autoliquidación en Galicia
Con entrada en vigor el 14-1-2021, se adaptan los modelos D650, 650, 651 y 660 de autoliquidación del ISD (Orden Galicia 21-1-2021EDL 2021/959) a las recientes novedades legislativas en el citado impuesto aprobadas en el territorio de esta comunidad autónoma.

5Galicia Resol 29-12-21EDL 2021/48004, DOG 14-1-22

También puede interesarte

27 febrero 2024

Nuevo Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (RF 08/24 20 de Febrero de 2024 al 26 de Febrero de 2024)

Se aprueba un nuevo reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero de aplicación a los gases fluorados de efecto invernadero solos o en mezcla, y a los productos y aparatos, y sus partes, que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos.

1 enero 2026

Novedades Andalucía: plazos autoliquidación 2026

Entre las novedades introducidas, destacan la ampliación del plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso en los casos de consolidación del pleno dominio como consecuencia de la extinción del usufructo previamente constituido mediante una operación sujeta a la modalidad donaciones, cuando dicha extinción se produzca por el fallecimiento del usufructuario, así como la modificación de la bonificación por adquisiciones inter vivos, de forma que, para aquellos elementos patrimoniales cuyas transmisiones no requieran para su eficacia el otorgamiento de documento público, solo es exigible la formalización en documento público del negocio jurídico cuando la base imponible de la donación supere los 5.000 euros.

13 mayo 2025

Servicios como administrador de una entidad holding

La naturaleza societaria de la entidad supone que, salvo prueba en contrario, esta tiene la condición de empresario o profesional y sus actividades se realizan en ejercicio de una actividad económica. Por tanto, la remuneración por su cargo de administrador va a estar sujeto al impuesto.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email