Actualidad Contable. Diciembre 2024
Novedades en la reserva de capitalización del IS
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025, se incrementa el porcentaje de la reducción y el límite de aplicación sobre la base imponible.
MGC nº 1025,
2692 s.,
2725 s. MFU nº 3660 s. Con los efectos indicados, se introducen los siguientes cambios:
- a) Se incrementa el porcentaje aplicable con carácter general para la determinación del importe de la reducción del 15% al 20%. No obstante, dicho porcentaje puede ser superior siempre que la plantilla media total del contribuyente, en el período impositivo, se haya incrementado y dicho incremento se mantenga tres años desde el cierre del período impositivo
- b) El límite de la reducción es el 20% de la base imponible positiva del período impositivo previa a la propia reducción, a la integración en la base imponible de los gastos no deducibles procedentes de determinadas provisiones y deterioros de ejercicios anteriores que generaron activos por impuesto diferido (nº 3658 s. Memento Fiscal 2024) y a la compensación de bases imponibles negativas. Este límite se incrementa al 25% para contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a un millón de euros.LIS art.25.1 redacc L 7/2024 disp.final 8ª.Dos, BOE 21-12-24