Responsabilidad patrimonial objetiva por accidente de motorista debido a una rejilla hundida en la vía

1 noviembre 2025

Actualidad Administrativo. Noviembre 2025

Responsabilidad patrimonial objetiva por accidente de motorista debido a una rejilla hundida en la vía
Se condena al Ayuntamiento de Madrid, por la responsabilidad patrimonial de la Administración, a indemnizar a un particular por lesiones sufridas tras un accidente con su motocicleta causado por el mal estado de una rejilla en la calzada, al considerar probada la relación causal entre el deficiente estado de la vía y el daño.
MTRA nº 5524

Una persona sufrió un accidente con una motocicleta al pasar sobre una rejilla hundida en la calzada de una vía pública de Madrid, lo que le causó lesiones y daños materiales, y reclamó indemnización al Ayuntamiento de Madrid por responsabilidad patrimonial debido al mal estado de la vía. La cuestión es saber si el Ayuntamiento de Madrid es responsable por la caída y lesiones sufridas por el motorista debido al mal estado de una rejilla en la calzada.

  • El Tribunal considera responsable al Ayuntamiento de Madrid por el accidente causado por el mal estado de la rejilla en la calzada y se confirma la indemnización reconocida en primera instancia.
  • La responsabilidad patrimonial de la Administración se fundamenta en la Const art.106.2 y normativa aplicable, requiriendo la existencia de daño efectivo, nexo causal directo entre el funcionamiento del servicio público y el daño, ausencia de fuerza mayor y que el daño no deba ser soportado por el reclamante.
  • En este caso, la prueba documental, pericial y testifical acreditó el mal estado de la vía como causa del accidente, sin que se haya demostrado negligencia del conductor, y la valoración indemnizatoria se ajusta a los informes médicos y periciales presentados.
TSJ Madrid 9-10-25, EDJ 738346

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