Actualidad Administrativo. Diciembre 2025. Canarias: Regulación del sistema de registros y oficinas de asistencia administrativas
Actualización del sistema de recepción, salida y registro de documentos en Canarias, en línea con la digitalización y la simplificación administrativa. Se elimina la dualidad de registros, se crean oficinas con nuevas funciones presenciales y se adapta la normativa autonómica a las bases estatales en materia de administración electrónica.
MADM nº
116,
1184. Con efectos desde el 29-6-2026 se aprueba el D Canarias 194/2025, por el que se procede a la actualización en la gestión del sistema de recepción y salida de documentos en la Administración pública de la comunidad autonómica. Su principal novedad reside en la implantación de un Registro Electrónico General único que integra y sustituye al anterior Registro General Electrónico y a los registros auxiliares, respondiendo a la necesidad de adaptación al marco básico estatal establecido por la LPAC y el RD 203/2021.
En este sentido, el decreto reorganiza también las oficinas de asistencia en materia de registros, de modo que toman el relevo a las antiguas oficinas de registro, ampliando su función y consolidando su papel esencial en la digitalización y la atención presencial a la ciudadanía, especialmente a quienes no están obligados o no pueden comunicarse electrónicamente.
El nuevo registro electrónico, interoperable y plenamente integrado, admite la presentación de solicitudes y documentos dirigidos a cualquier administración, tanto en formato electrónico como en papel. En este último caso, se garantiza la digitalización y la generación de copia electrónica auténtica. Asimismo, se regulan los formatos admitidos, la seguridad y los procedimientos de subsanación, además del modo en que deben tramitarse los documentos presentados por otros canales, fijando que los buzones de correo electrónico no son válidos como registros administrativos. El funcionamiento y cómputo de plazos se articula también conforme a la fecha y hora oficial de la sede electrónica, garantizando que los registros electrónicos estén disponibles todos los días y horas del año, y previendo mecanismos de gestión ante incidencias técnicas.
Las oficinas de asistencia, ahora con funciones ampliadas, tienen como cometido, entre otras, atender presencialmente a la ciudadanía, asistir en la digitalización y presentación de documentos, emitir copias auténticas, facilitar la identificación y firma electrónica, practicar notificaciones y tramitar apoderamientos apud acta. Esta reorganización persigue garantizar una asistencia efectiva, accesible y personalizada, prestando especial atención a colectivos vulnerables o con mayores dificultades, y asegurando un lenguaje claro, inclusivo y no sexista en todas las comunicaciones administrativas.
Se crea también un Registro de Personal Funcionario Habilitado, que identifica al personal autorizado para actuar en representación de los ciudadanos cuando sea necesario, especialmente en procedimientos donde la identificación o firma electrónica resulte precisa, dotando al sistema de mayor seguridad y respaldo jurídico. El decreto introduce un periodo transitorio de 3 años para la integración completa de las oficinas de asistencia en materia de registros en la nueva estructura y establece diversas previsiones en materia de imagen corporativa, estabilidad presupuestaria y derogación expresa de normativa anterior. Con ello se consolida un marco normativo adaptado a los retos de la administración digital y la simplificación administrativa, sin incremento del gasto público.
D Canarias 194/2025, BOCANA 29-12-25 D Canarias 19/2011 art.19,26,27,28 y 29 derog D Canarias 194/2025, BOCANA 29-12-25