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Últimas novedades sobre Protección de Datos

Últimas novedades sobre Protección de Datos
Aparición: 03/10/2022
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  • Con la descarga de este eBook podrás conocer a las últimas sentencias sobre la protección de datos y las últimas recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Entre ellas destacamos los siguientes:› Derecho a la protección de datos públicos y privados.› Sentencias sobre envío de datos personales a los grupos de WhatsApp.

    › Sistemas de vigilancia y protección de datos.

    › Protección de datos en situaciones de teletrabajo y movilidad.

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Más sobre Últimas novedades sobre Protección de Datos

EXTRACTO

Envío de datos personales a grupo de WhatsApp

El enviar datos por WhatsApp, aunque sea de buena fe, es un infracción del RGPD. Se compartió a través de la aplicación de WhatsApp la imagen de un correo electrónico enviado por la reclamante al Ayuntamiento solicitando la intermediación del mismo en un asunto que afectaba a su derecho a la propiedad privada.

La entidad reclamada reconoce que lo habría enviado, si bien afirma que actuó con buena fe, al advertirle del peligro que podrían correr los niños de la localidad al estar subidos a la pared lindante de la propiedad de la reclamante, cuyo muro no se encontraba cerrado por completo, y ante la presencia de un perro mastín. Señala la AEPD que, en el presente caso, consta que los datos personales de la parte reclamante, obrantes en la base de datos del Ayuntamiento, fueron indebidamente difundidos al revelarse datos personales (nombre, apellidos y dirección de email) a terceros a través de WhatsApp, vulnerándose el principio de confidencialidad. La citada infracción del art. 5.1.f) RGPD podría suponer la comisión de las infracciones tipificadas en el art. 83.5 RGPD.

Por otra parte, tampoco consta que, en el momento de producirse la brecha de seguridad, el Ayuntamiento dispusiese de medidas de seguridad razonables en función de los posibles riesgos estimados. Así, difundir por WhatsApp, a través de un teléfono móvil corporativo, un correo electrónico remitido al Ayuntamiento por la reclamante, denunciando un problema ocurrido en su propiedad, sin anonimizar sus datos personales, no garantiza la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas y servicios del tratamiento.
Esto supone una infracción del art. 32 RGPD podría suponer la comisión de las infracciones tipificadas en el art. 83.4 RGPD. Por tanto, la Agencia impone al Ayuntamiento reclamado por una infracción de los arts. 5.1.f) y 32 RGPD, tipificadas en los arts. 83.5 y 83.4 RGPD respectivamente, una sanción de apercibimiento. Resolución AEPD de 9 de junio de 2022, PS-00527-202.


ÍNDICE

ÚLTIMAS SENTENCIAS DESTACADAS

  • Derecho a la protección de datos públicos y privados
  • Ausencia de información sobre tratamiento y destino de datos
  • Publicación en internet de acta de ayuntamiento con datos de empleados
    Inclusión de teléfono en anuncio web sin consentimiento expreso
  • Envío de datos personales a grupo de WhatsApp
  • Reenvío por WhatsApp de escrito de queja con datos personales
  • Solicitud de dato innecesario para emitir factura
  • Instalación de cámara en el interior de un vehículo dentro de garaje
  • ¿Vulnera la protección de datos una estación meteorológica con cámaras?
  • Sistema de video vigilancia orientado a camino de acceso

 

RECOMENDACIONES DE LA AEPD

  • Cómo proteger los datos personales en situaciones de movilidad y teletrabajo
  • ¿Puede sancionarse la instalación de cámara que no graba sin autorización?
  • Registro de jornada laboral por reconocimiento facial
  • Sistema de videovigilancia y grabación de voz

Opiniones

Antonio Olmo

"Ha eesueltolginas dudas.."

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Valentín García López

"Bien, bastante satisfecho. Gracias."

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