SEGUIMIENTO DE PROYECTOS, SUBPROYECTOS O LÍNEAS DE ACCIÓN
Las entidades ejecutoras de las acciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia definirán, en coordinación con las entidades decisoras, los proyectos o líneas de acción a través de los que se desarrollarán e instrumentarán las reformas o inversiones en la parte que corresponda a cada entidad ejecutora.
Los proyectos, subproyectos o líneas de acción del ámbito indicado estarán caracterizados, al menos, por:
a) Componente al que pertenecen.
b) Reforma o inversión en la que se encuadra.
c) Entidad decisora.
d) Entidad ejecutora.
e) Órgano gestor del proyecto o del subproyecto.
f) El código identificativo único del proyecto, subproyecto o línea de acción asignado por el sistema de información de gestión y seguimiento.
g) La fuente o fuentes de financiación.
h) Los hitos u objetivos que determinan el cumplimiento del proyecto o línea de acción.
i) Los indicadores conforme con el mecanismo de verificación definido en el CID, a través de los que se mide el grado de cumplimiento de los hitos u objetivos y el modo en que cada uno de esos indicadores contribuye a un indicador de la medida en la que se integra. La aportación de la medición del indicador a efectos del seguimiento del nivel de cumplimiento de los hitos u objetivos se efectuará al último nivel de descomposición de cada proyecto.
j) Las partidas presupuestarias de la entidad ejecutora a través de las que se financia el proyecto, subproyecto o actuación.
k) Una descripción breve de la finalidad que se pretende alcanzar con el proyecto, subproyecto o línea de acción.
l) Las fechas de inicio y finalización.
m) Coste estimado.
n) Otra información relevante del proyecto, subproyecto o línea de acción.
Las Entidades ejecutoras actualizarán la información sobre los proyectos, subproyectos o/y líneas de acción de forma continua y permanente a través del sistema de información de gestión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de acuerdo con los criterios establecidos por la Autoridad Responsable. Igualmente, deberán disponer de los sistemas de control interno que garanticen la validez y fiabilidad de los datos facilitados y su trazabilidad.
INTRODUCCIÓN
PARTE I: SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN
Principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Concepto de hito y objetivo, criterios para su seguimiento y acreditación del resultado.
Etiquetado verde y etiquetado digital.
Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do No Significant Harm, DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la evaluación inicial.
Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Plan de medidas antifraude
Detección de un posible fraude
Compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.
Identificación del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas.
Comunicación
El Informe de Gestión.
Estructura del Informe de Gestión.
Declaración de Gestión.
PARTE II: SUMINISTRO DE INFORMACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN
Seguimiento de proyectos, subproyectos o líneas de acción.
Contenido de la información de ejecución contable.
Procedimiento y formato de envío de información contable.
Fechas de referencia para el envío de la información de ejecución contable.
Incorporación al sistema de información de gestión y seguimiento e Informe de Gestión.
Información de previsión presupuestaria.
Información sobre perceptores finales de fondos: beneficiarios de las ayudas, de contratistas y subcontratistas.
Información de ejecución contable.
Informe de Gestión.
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