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Incidencia de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria en Derecho de Familia.15 Casos prácticos

Incidencia de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria en Derecho de Familia.15 Casos prácticos
Aparición: 13/10/2016
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Con la descarga de este eBook jurídico gratuito encontrarás 15 Casos prácticos relacionados con la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria en el ámbito material de Derecho de Familia, con asuntos como:

– Elección del colegio de los hijos menores.
– Privación de patria potestad.
– Régimen de visitas.
– Aceptación de herencia a nombre del tutelado.
– Etc.

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Más sobre Incidencia de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria en Derecho de Familia.15 Casos prácticos

EXTRACTO

Auto dictado en sede de expediente de jurisdicción voluntaria que modifica las medidas fijadas en sentencia de divorcio

(EDE 2015/1006998)

Planteamiento

La madre insta expediente de jurisdicción voluntaria en solicitud de suspensión de régimen de visitas establecido a favor del padre en virtud de sentencia dictada en procedimiento de divorcio por unos supuestos malos tratos a la menor de 6 años. El padre se opone a dicha suspensión y también el Ministerio Fiscal. Se cita a comparecencia y se dicta Auto acordando una custodia compartida con los efectos inherentes (régimen de visitas, pensión de alimentos…, lo que conlleva de facto la modificación de la sentencia de divorcio) y se dice en el Auto que dicha medidas, hasta que se tramite el procedimiento de modificación de medidas instado por cualquiera de las partes, sustituyen a las acordadas en la sentencia de divorcio.

¿Estas medidas acordadas tienen vigencia sine die hasta qué alguno de los progenitores inste la modificación de la sentencia de divorcio?

¿Puede modificarse cautelarmente por Auto en sede de expediente de jurisdicción voluntaria unas medidas acordadas por sentencia de divorcio, fijando una custodia compartida y un cambio en la pensión de alimentos cuando no ha sido solicitado por las partes? En caso negativo, ¿qué puede hacer la parte perjudicada por este Auto?

Respuesta

Partiendo de los datos facilitados, consideramos que el expediente de jurisdicción voluntaria que se ha tramitado y resuelto es el previsto en el actual art. 87 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria -LJV- para adoptar medidas de protección de los menores del art. 158 CC.

El art. 158 CC tiene un alcance muy limitado y en modo alguno permite cambiar todas las medidas fijadas en una sentencia firme de separación o divorcio. Es un precepto que permite al juez, siguiendo ahora los trámites del art. 87 LJV, adoptar medidas urgentes, para evitar un perjuicio grave e inminente a un menor, que no se pueden adoptar por otro procedimiento con esa misma celeridad.

Por lo tanto, medidas puntuales como una suspensión de visitas, de custodia, etc., sí son medidas que se pueden adoptar vía art. 158 CC, pero en modo alguno esa vía es la adecuada para pasar de una custodia exclusiva a una compartida, con la modificación correspondiente de comunicaciones, alimentos, etc. En caso contrario, quedaría en tela de juicio el valor de cosa juzgada de las sentencias que se dictan en los procesos de familia, ya de por sí mitigada por la posibilidad de instar una modificación de medidas.

El Auto dictado en sede de expediente de jurisdicción voluntaria es recurrible en un solo efecto, siguiendo las reglas generales de la LJV (art. 20 LJV).
Las medidas que se adoptan vía art. 158 CC son duraderas en el tiempo en tanto en cuanto no exista una resolución judicial que las deje sin efecto. En este caso, se mantendrán mientras no se modifiquen vía apelación o, como dice el Auto, a través de una sentencia de modificación de medidas, que son las únicas dos vías que tiene la parte que se considera perjudicada por ese Auto.

Si se opta por acudir al procedimiento de modificación de medidas, tenga en cuenta que podrá solicitar, vía art. 775.5 LEC, una modificación provisional de las medidas, la cual se deberá tramitar de forma urgente, como ocurre con las medidas provisionales.

Plazo para interponer recurso en expediente de jurisdicción voluntaria: ¿son todos los días hábiles? ¿El recurso de apelación tiene efectos suspensivos?

(EDE 2016/1007633)

Planteamiento

Mi cliente, el padre, tiene la custodia de su hijo. La madre y la abuela tienen problemas mentales; de hecho, la madre tiene visitas tuteladas en el Punto de Encuentro Familiar. Los abuelos en procedimiento de jurisdicción voluntaria solicitan visitas con su nieto. Yo no me opongo a que lo vea el abuelo, pero sí la abuela que no está en sus cabales. La juez dictó un auto y, como consideré que agosto era inhábil, lo he recurrido en septiembre. Ahora en el juzgado me dicen que en jurisdicción voluntaria agosto es hábil, de lo que yo discrepo.

Así las cosas he recurrido en reposición y, ante su desestimación, ahora he recurrido en apelación. Parece que el juzgado me va a dictar una resolución diciendo que mi apelación está fuera de plazo porque insiste en que agosto es hábil. ¿Quién tiene razón?

Por otro lado, el juzgado ya ha oficiado al PEF para que los abuelos inicien las visitas. ¿En jurisdicción voluntaria son ejecutables las medidas directamente aunque sea recurra en apelación? ¿Tenía la juez que haber esperado 20 días hábiles? ¿Puede la juez ejecutar su auto directamente, de oficio? ¿O los abuelos son quienes deben instar su ejecución?

Respuesta

El art. 20 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria -LJV- fija claramente que las resoluciones definitivas dictadas en expedientes de jurisdicción voluntaria son susceptibles de ser recurridas en apelación, señalando que la tramitación de ese recurso se acomodará a lo dispuesto en la LEC, de donde ha desaparecido que sean hábiles todos los días para los expedientes de jurisdicción Voluntaria. Por ello, se ha de entender que se aplica para el cómputo de plazos únicamente los días hábiles, no siendo tales los del mes de agosto (art. 130 LEC).

Es más, el art. 142 LJV, referido a la conciliación, pese a ser un expediente de jurisdicción voluntaria al estar regulado como tal en esta ley, habla de días hábiles.
Así, por ejemplo, el ICAM de Madrid en su Circular sobre plazos procesales durante el mes de agosto de 2016, dice que las demandas que se pueden presentar en ese mes son:

– Expedientes de Jurisdicción Voluntaria urgentes.

– Demandas de oposición a resoluciones Administrativas en materia de protección de menores.

– Ingreso de menores con problemas de conducta en centros de protección específicos.

– Internamiento involuntario por razón de trastorno psíquico.

El citado art. 20 LJV dice que ese recurso de apelación no tiene efecto suspensivo, es decir, no impide que se lleve a cabo la resolución recurrida.

En materia de menores, al no tener el recurso efectos suspensivos, entendemos que, al igual que ocurre en los procesos de familia, no hay que espera el plazo de 20 días que prevé el art. 548 LEC.

Cuando las visitas se hacen a través del PEF, su cumplimiento no queda ya a la simpe voluntad de las partes, sino que el juzgado debe remitir al centro una determinada información, especialmente copia del auto para ver cómo se deben desarrollar esas visitas, y, por parte del PEF, antes de iniciar las comunicaciones debe realizar unas entrevistas previas con cada uno de los adultos implicados y, posteriormente, señalar el día a partir del cual se podrán llevar a cabo las visitas, sean tuteladas o no, o los intercambios a través de dicho PEF, fecha que dependerá de la disponibilidad del centro.

Por lo tanto, el juzgado no ha ejecutado de oficio el auto sino que ha cumplido una serie de requisitos para que el mismo pueda ser ejecutado. Se deberá instar la pertinente ejecución por los abuelos cuando, una vez cumplidos esos trámites y el PEF haya fijado fecha de inicio de su intervención, el progenitor no acuda, incumpliendo y obstaculizando esas comunicaciones.


ÍNDICE

1. Constitución de curatela conforme a la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria: fijación de fianza, inventario de bienes y remuneración del curador

2. Forma de solucionar la discrepancia en torno a la elección del colegio de los hijos menores. Aplicación de la Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria

3. Auto dictado en sede de expediente de jurisdicción voluntaria que modifica las medidas fijadas en sentencia de divorcio

4. Plazo para interponer recurso en expediente de jurisdicción voluntaria: ¿son todos los días hábiles? ¿El recurso de apelación tiene efectos suspensivos?

5. Expediente de jurisdicción voluntaria para la adopción del hijo de la pareja de hecho. ¿Es necesario que el padre biológico sea parte del procedimiento si no consta su identidad como tal en el Registro Civil?

6. Expediente de jurisdicción voluntaria para requerir al padre no custodio que escoja con antelación el mes de vacaciones estivales a disfrutar con la menor

7. Posibilidad de solicitar la privación de la patria potestad por incumplimiento de los deberes paterno-filiales a través de un expediente de jurisdicción voluntaria

8. Progenitor ingresado en prisión. ¿Puede fijarse un régimen de visitas con sus hijos? Necesidad de instar expediente de jurisdicción voluntaria en caso de controversia entre los progenitores

9. Custodia compartida. Controversia en torno a la determinación del domicilio de empadronamiento de los menores: necesidad de instar expediente de jurisdicción voluntaria

10. Cónyuge con la capacidad modificada judicialmente siendo tutora la esposa. Necesidad de recabar autorización judicial mediante expediente de jurisdicción voluntaria para realizar un acto de disposición sobre bien ganancial

11. Solicitud de autorización de venta de un bien de un menor de edad a través de expediente de jurisdicción voluntaria: ¿es posible la venta directa?

12. ¿Es indispensable el consentimiento de ambos progenitores para expedir el pasaporte al hijo menor de edad? Necesidad de instar expediente de jurisdicción voluntaria en caso de controversia entre los progenitores

13. Necesidad de solicitar autorización judicial previa mediante expediente de jurisdicción voluntaria para aceptar herencia a nombre del tutelado

14. Primera Comunión. Discrepancias en torno a qué progenitor puede organizar la celebración el mismo día de la comunión: necesidad de instar expediente de jurisdicción voluntaria para resolverlas

15. Ejercicio de las visitas durante el fin de semana en caso de hijos de diferentes padres: ¿es posible que coincidan los niños para estar juntos con la madre custodia? Posibilidad de instar un expediente de jurisdicción voluntaria para ello.


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