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Compliance Penal: una teoría del delito para las personas jurídicas

Compliance Penal: una teoría del delito para las personas jurídicas
Aparición: 08/05/2016
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Te ofrecemos un eBook jurídico gratuito donde se trata la cultura del cumplimiento en la empresa y de manera detallada la trascendencia de las primeras resoluciones del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad de las persona jurídicas. Entre estas destacamos las STS 154/2016 y 221/2016.

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EXTRACTO

Cronología del nacimiento de una doctrina jurisprudencial

Las sentencias analizadas no son tan solo fruto de su contexto normativo, sino que se enmarcan en un momento caracterizado por la insospechada eclosión del ‘fenómeno Compliance’ exigiendo a la Fiscalía General del Estado (FGE) y al TS la fijación criterios interpretativos que orienten la acción de las empresas en orden a prevenir riesgos penales y de los operadores jurídicos en su actuar ante nuestros juzgados y tribunales.

Así, la sucesión de hechos que se producen desde la aprobación de la LO 1/2015 , dejan para las crónicas la constatación de un interesante juego del gato y el ratón entre la FGE y el Tribunal Supremo, en el que ambas instituciones se muestran muy atentas a sus respectivos posicionamientos. Veámoslo:

1.- La LO 1/2015 de reforma del Código Penal se publica en fecha 30 de marzo. Sin esperar siquiera a su entrada en vigor, el sector legal y empresarial muestra su enorme interés y preocupación respecto a esta reforma: se suceden cursos, jornadas, declaraciones y entrevistas, artículos en la prensa generalista y especializada, etc.

Tan sólo veinte días antes, el Ministerio Fiscal había formulado alegaciones en el recurso de casación cuya sentencia final estamos analizando.

2.- En fecha 20 de mayo de 2015, la Sala admite a trámite los recursos de casación y señala la deliberación para el 2 de junio, ese día acuerda suspender y dar nuevo traslado a las partes para que se pronuncien respecto a la aplicación de la reforma, volviendo a señalar deliberación para el día 1 de octubre.

3.- En fecha 2 de septiembre de 2015 la Sala Segunda del Tribunal Supremo dicta una sentencia (STS 514/2015) en la que establece:

ya se opte por un modelo de responsabilidad por el hecho propio, ya por una fórmula de heterorresponsabilidad parece evidente que cualquier pronunciamiento condenatorio de las personas jurídicas habrá de estar basado en los principios irrenunciables que informan el derecho penal”.

4.- El día 1 de octubre, en el marco del Congreso Nacional de Compliance de ASCOM la Fiscal General del Estado anuncia la publicación de una próxima Circular sobre la RPPJ que se espera inicialmente para el mes de Diciembre.

5.- En fecha 2 de octubre de 2015, la Sala del Tribunal Supremo acuerda someter el recurso a un pleno jurisdiccional, que se reúne en fecha 17 de diciembre de 2015 a la vez que se retrasa la anunciada Circular de la Fiscalía.

6.- En fecha 22 de enero de 2016, se publica finalmente la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

7.- En fecha 29 de febrero, se publica la Sentencia nº 154/2016 sobre el Recurso de Casación 10011/2015 P, habiéndose prolongado la deliberación desde el 17 de diciembre hasta el día 29 de febrero, según recoge la misma sentencia en su antecedente decimotercero.

8.- En fecha 2 de marzo de 2016, se celebró la deliberación del recurso de casación 1535/2015 y el día 16 de marzo de 2016 se publica la Sentencia 221/2016.


ÍNDICE

I. ANÁLISIS DE LAS SENTENCIAS 154/2016 Y 221/2016

Primera parte: la intrahistoria de una jurisprudencia histórica
1. Un contexto normativo que determina la transcendencia de las resoluciones analizadas
2. Cronología del nacimiento de una doctrina jurisprudencial
3. STS 154/2016: un supuesto de hecho tangencial, que ha dado todos sus frutos
4. STS 221/2016: un delito económico que permite hablar del derecho de defensa
5. Dos sentencias para una nueva teoría del delito de la persona jurídica

Segunda parte: la discutida culpabilidad de la persona jurídica y la carga de probarla
1. Heterorresponsabilidad y autorresponsabilidad
2. El Art. 31 bis en las reformas de 2010 y 2015
3. Tesis de la Fiscalía General del Estado (FGE) respecto al título de imputación
4. La tesis de la STS 154/2016
5. El voto particular de la STS 154/2016
6. STS 221/2016: buscando la síntesis desde la fundamentación constitucional del derecho de defensa

Tercera parte: arrojando luz sobre la responsabilidad penal de la persona jurídica
1. Pronunciamientos unánimes en la STS 154/2016
2. El ‘caso Transpinelo’: culpabilidad y beneficio directo o indirecto de la persona jurídica
3. Imputabilidad de la persona jurídica y sociedades instrumentales
4. Sobre las penas de disolución, intervención y multa
5. Conflicto de intereses e indefensión de la persona jurídica
6. Un estatuto constitucional para cada investigado

II. LA CULTURA DE CUMPLIMIENTO EN LA EMPRESA


Opiniones

Emilio Higueras

"Síntesis muy clarificadora"

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