Apropiación indebida de participaciones sociales

1 julio 2026

Actualidad Penal. Julio 2026

Apropiación indebida de participaciones sociales

La existencia de un contrato simulado para sortear restricciones legales no excluye la tipicidad penal cuando se produce un abuso posesorio con retención indebida de bienes sujetos a restitución. Asimismo, la valoración del perjuicio patrimonial para cuantificar la pena puede basarse en el patrimonio neto real de la sociedad y no únicamente en el valor nominal asignado en los contratos.

MPEN nº 11339

Se discute si la negativa del administrador nombrado instrumentalmente a devolver las participaciones sociales constituye la comisión de un delito de apropiación indebida agravada, considerando la naturaleza simulada o instrumental del negocio jurídico de transmisión de participaciones y la valoración del valor real de la apropiación.


Una mercantil, controlada mayoritariamente por socios de nacionalidad china, transmitió formalmente un 70% de sus participaciones sociales a un tercero con el fin instrumental de sortear restricciones bancarias y abrir una cuenta, pero dicho tercero posteriormente se negó a devolverlas, pese a existir un acuerdo privado de devolución por el mismo precio. Esto generó un conflicto que llevó a la acusación penal por apropiación indebida.


El Tribunal Supremo considera responsable al acusado de un delito de apropiación indebida agravada, confirmando la condena y valorando adecuadamente el valor real de la apropiación social. El acusado recibió un título que le obligaba a devolver las participaciones sociales que se transmitieron con finalidad instrumental para eludir restricciones bancarias, pero se apropió indebidamente al revocar poderes y negarse a devolverlas, vulnerando el CP art. 253, 250.1.5, 66.1.6 y 50.5, valorando el daño según el patrimonio neto de la sociedad y respetando las garantías constitucionales de presunción de inocencia y valoración de la prueba, sin que pueda cuestionarse el contraste entre la simulación formal y la realidad material de la obligación de restitución.

TS 25-6-26, EDJ 639363

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