Adaptación reglamentaria en materia de responsabilidad (RF 05/24 30 de Enero de 2024 al 05 de Febrero de 2024)

6 febrero 2024

17  Con efectos 26-5-2023, se modificó la competencia en materia de declaración de responsabilidad unificando en los órganos de recaudación la competencia para iniciar y resolver este procedimiento, con independencia del momento en el que se produzca la declaración (LGT art.174.2 redacc L 13/2023).Para adaptar el contenido reglamentario en el sentido que actualmente recoge la LGT, desde el 1-2-2024 se modifica el articulado tanto del RGR como del RGGI que contiene esta normativa, eliminando los supuestos en los que la competencia era asumida por el órgano de gestión o inspección.Además, en los supuestos de declaración de responsabilidad asociada a la liquidación vinculada a delito, se recoge el requisito de imputación formal del responsable en el proceso penal, de acuerdo con lo previsto a nivel legal, de tal forma que para declarar la responsabilidad solidaria debe hacerse constar en el acuerdo de declaración la condición formal de investigado en el proceso penal (hasta 31-1-2024, se exigía tener como efectuada la citación al responsable para declarar en concepto de investigado).RGR art.3.3, 4.4, 124 y 124 bis.1 y 3 redacc RD 117/2024 disp.final 2ª.Uno, Dos, Catorce y Quince, BOE 31-1-24; RGGI art.196.1 a 3 redacc RD 117/2024 disp.final 1ª.Once, BOE 31-1-24; RD 117/2024 disp.final 11ª, BOE 31-1-24

También puede interesarte

6 mayo 2025

Demanda por despido: interpretación del requisito de acompañar la carta de despido (RS 18/25 29 de Abril de 2025 al 05 de Mayo de 2025)

La inadmisión de una demanda de despido fundada en la falta de aportación de la carta de despido vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, cuando la demandante alega no disponer de ella y en la propia demanda ya se ha hecho mención suficiente a su contenido.

16 julio 2024

Contratación de personal para hacer frente al aumento de la actividad en período estival (RS 28/24 09 de Julio de 2024 al 15 de Julio de 2024)

Se ha declarado en fraude de ley el contrato por circunstancias de la producción celebrado entre una empresa del sector hotelero y un cocinero para atender al aumento de la demanda en período estival, al considerar la Sala que no concurre el elemento de ocasionalidad que justifica el recurso a la contratación temporal, lo que conlleva la calificación del cese como improcedente. El objetivo de la contratación es hacer frente a una actividad estacional o de temporada, pero que presenta exceso de trabajo en picos o puntos estacionales de forma repetida en el tiempo, por lo que la contratación debería haberse formalizado bajo la modalidad de fijo discontinuo.

1 octubre 2025

Contenido del acta notarial de junta general: declaración del presidente del resultado de las votaciones

Pese a la literalidad del RRM art.102.1.4ª, la constancia en el acta notarial de la junta general de la “declaración del presidente sobre los resultados de las votaciones” es simple reflejo de una práctica consolidada, pero no constituye un requisito de validez o eficacia de los acuerdos adoptados con las mayorías legalmente exigibles, ni puede condicionar en modo alguno la ejecución de los mismos.

Suscríbete ahora

Recibe novedades de artículos que se publican en el blog