1 septiembre 2026
Despido por retrasos breves y disminución del rendimiento
La remisión en la carta de despido al contenido de una audiencia previa detallada satisface la exigencia de información, si el trabajador conoce con claridad los hechos que se le imputan y no genera indefensión. Esa suficiencia formal no convierte en legítimo el cese cuando los retrasos acreditados son de escasa entidad temporal y la caída de rendimiento carece de prueba sobre su voluntariedad.