Rango orgánico del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social

21 julio 2026

Con efectos desde el 24-7-2026, el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social queda adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones y se eleva su rango al de dirección general.

Actualidad. 21 a 27 de julio de 2026
Rango orgánico del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social

Con efectos desde el 24-7-2026, el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social queda adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones y se eleva su rango al de dirección general.

MS nº 8150
MSS nº 85, 89
13

Se modifica la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el fin de elevar el rango orgánico del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, pasando de subdirección general a dirección general. En consecuencia, se modifica también la normativa que establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (RD 1009/2023, art. 20.1.A - redacc. RD 616/2026). De este modo:
1. El Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social queda adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, con rango de dirección general (RD 501/2024, art. 2.2 - redacc. RD 616/2026).
2. Las unidades de la Dirección del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social pasan a tener nivel orgánico de subdirección general (RD 501/2024, disp. adic. 1.ª.2 - redacc. RD 616/2026).
RD 616/2026, art. único y disp. final 1.ª, BOE 23-7-26; RD 501/2024, art. 2.2 y disp. adic. 1.ª, redacc. RD 616/2026, art. único, BOE 23-7-26; RD 1009/2023, art. 20.1.A, redacc. RD 616/2026, disp. final 1.ª, BOE 23-7-26

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