3 febrero 2026
Revalorización de las pensiones de incapacidad permanente | Actualización febrero 2026
De nuevo, se revalorizan las pensiones de incapacidad permanente con respecto a lo establecido para 2025.
La cuestión a resolver consiste en determinar, si conforme a lo previsto en la Ley (LGSS disp.adic.18ª.1), en los casos en que un profesional colegiado que optó en su momento por el alta en el RETA, puede darse de baja para posteriormente incorporarse a la mutualidad de previsión social alternativa correspondiente, o bien debe permanecer en el RETA. El TS, tras examinar el marco normativo y jurisprudencial aplicable, considera que la norma de aplicación (LGSS disp.adic.18ª), cuya finalidad es regular el encuadramiento en el RETA de ciertos profesionales colegiados que ejercen por cuenta propia, se caracteriza por los siguientes objetivos:
La regla general es, por tanto, la inclusión en el RETA de quienes ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación a un colegio profesional. Como excepción a esa regla general se prevé que queden exentos de la obligación de alta en dicho régimen especial los colegiados que «opten o hubieren optado» por incorporarse a la mutualidad de previsión social que pudiera tener establecida el correspondiente colegio profesional, constituida con las exigencias previstas en el precepto, configurando este derecho de opción como ejercitable por una sola vez y de forma irrevocable, al establecerse de forma categórica que: «Si el interesado, teniendo derecho, no optara por incorporarse a la mutualidad correspondiente, no podrá ejercitar dicha opción con posterioridad». Por ello, considera la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en una interpretación literal de la norma, que el ejercicio de la opción a incorporarse a la mutualidad de previsión social que pudiera tener establecida el correspondiente colegio profesional solo es ejercitable una sola vez, sin que quepa la posibilidad de ejercitarlo cada vez que se produzca una baja del profesional colegiado en el régimen especial por haber cesado en la actividad y un alta posterior por haber reiniciado la actividad profesional. La interpretación literal, lógica, contextual y teleológica de la disposición adicional examinada conduce a negar que el derecho de opción reconocido en la misma pueda ejercerse cada vez que, como consecuencia de una previa baja por cese en la actividad profesional por cuenta propia, surja nuevamente la obligación de alta por reinicio de la actividad profesional, pues no cabe inferir del texto legal, una posibilidad de opción reiterada y permanente en el tiempo ante sucesivas bajas y altas en el RETA. TS cont-adm 23-7-25, EDJ 682916Rec 7850/21
3 febrero 2026
De nuevo, se revalorizan las pensiones de incapacidad permanente con respecto a lo establecido para 2025.
11 julio 2023
El domicilio y otros lugares reservados, como el jardín de la casa del trabajador, deben considerarse ámbitos inmunes a las labores de investigación de los detectives privados con vistas a la obtención y aportación de pruebas. Se trata de un ámbito en el que se ejerce la vida íntima, personal y familiar y que puede permanecer ajeno a las intromisiones de terceros si el titular no lo autoriza, pues es un espacio en el que tiene una expectativa legítima de privacidad, siempre que no sea completamente visible desde el exterior y esté protegido de alguna manera, por ejemplo, con vallas, muros o setos.
4 octubre 2022
Durante los tres primeros meses de estancia temporal los ciudadanos inactivos nacionales de otro Estado miembro gozan de residencia legal y se benefician de la igualdad de trato prevista en los Reglamentos de coordinación respecto de las prestaciones de Seguridad Social. Si un Estado limita el acceso de estos nacionales comunitarios a prestaciones familiares de Seguridad Social incurre en una discriminación directa por razón de la nacionalidad que no puede tener amparo en las excepciones previstas únicamente respecto de la asistencia social en la Directiva sobre libre circulación. En todo caso, el solicitante debe haber establecido su residencia habitual en el Estado de acogida.
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