Actualidad. 20 a 26 de enero de 2026
Límite de la cuantía inicial y revalorización del SOVI para el 2026
El Decreto de revalorización de las pensiones mantiene los importes de la pensión SOVI establecidos en el RDL 16/2025 MS nº 8506, 8508 MSS nº 5154
16Desde el 1-1-2026 la cuantía de las pensiones del SOVI ascienden a:
- No concurrentes con otras pensiones públicas: 8.394,40 €/año. Además, las pensiones prorrateadas a cargo de España no pueden ser inferiores a 4.197,20 €/año cuando se totalicen períodos de seguro en otros países. Estas cuantías son también aplicables a las pensiones causadas a partir del 1-1-2026.
- Concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 8.149,40 €/año, sin perjuicio de que su suma no puede ser superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años que esté establecido en cada momento. Si se supera dicho límite, se procede a la minoración de la cuantía de la pensión del SOVI, en el importe necesario para no exceder del límite indicado (LGSS disp.trans.2ª).
RD 39/2026 art.11, 17 y disp.adic.2ª.2, BOE 22-1-26