Formación preventiva de los empleados de hogar

12 mayo 2026

Se regula la formación preventiva obligatoria para los trabajadores al servicio del hogar familiar, impartida online a través de la plataforma eFundae y que incorpora controles de seguimiento, un proceso de autoevaluación de cada participante y la obtención de la acreditación según su desempeño.

Actualidad. 12 a 18 de mayo de 2026


Formación preventiva de los empleados de hogar: se regula la formación preventiva obligatoria para los trabajadores al servicio del hogar familiar, impartida online a través de la plataforma eFundae y que incorpora controles de seguimiento, un proceso de autoevaluación de cada participante y la obtención de la acreditación según su desempeño. MS nº 2465MPR nº 4984
Con efectos desde el 16-5-2026, se establece el sistema de formación en prevención de riesgos laborales para los trabajadores del servicio del hogar familiar. Esta formación preventiva es única, aunque se trabaje para varios empleadores y debe: recibirse en el momento de la contratación; centrarse en los riesgos propios de las tareas domésticas. Cubre siete áreas de actividad identificadas a partir del mapa de riesgos elaborado por el INSST. Las cinco de mayor relevancia son: limpieza, preparación y servicio de comidas, conducción de vehículos, cuidado de personas y trabajo nocturno o en régimen interno; a las que se añaden el trato con mascotas y los trabajos de jardinería. En el caso de que existan riesgos excepcionales en alguno de los domicilios donde se prestan servicios, el empleador debe proporcionar también, a su cargo, una formación complementaria que queda fuera del ámbito de esta resolución (RD 893/2024 art.5.3). La formación se imparte a través de la plataforma eFundae de forma online. Dicha plataforma incorpora controles periódicos de seguimiento que permiten evaluar el aprendizaje de cada participante mediante un proceso de autoevaluación integrado. Finalizada la formación, cada participante puede obtener dos tipos de acreditación según su desempeño: a) Quienes completen, al menos, el 75% de los controles de seguimiento, reciben un certificado de participación. b) Si, además, superan positivamente el 75% de la evaluación, pueden obtener un diploma de aprovechamiento. Ambos documentos han de estar disponibles directamente en la plataforma eFundae e incluir: la denominación de la acción formativa, los contenidos, la duración y la fecha de expedición. DG SEPE Resol 8-5-26 EDL 2026/7791, BOE 15-5-26

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