Actualidad. 12 a 18 de julio de 2022Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo por cuenta propiaDesarrollo legal de derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo por cuenta propia, instaurando -a partir del 14-7-2022- una prohibición expresa de establecer limitaciones, segregaciones o exclusiones por causa de discriminación en el acceso y desarrollo del trabajo autónomo y en los pactos individuales y acuerdos de interés profesional.
MTA nº 400 s.Acceso y Desarrollo
En el acceso al ejercicio y en el desarrollo de una actividad por cuenta propia no pueden establecerse limitaciones, segregaciones o exclusiones por las causas de discriminación previstas legalmente (L 15/2022 art.2.1). Lo indicado es igualmente de aplicación a los pactos establecidos individualmente entre el trabajador autónomo y el cliente para el que desarrolle su actividad profesional, así como a los acuerdos de interés profesional concertados entre las asociaciones o sindicatos que representen a los TRADE y las empresas para las que ejecuten su actividad. Dichos acuerdos de interés profesional pueden establecer medidas de acción positiva para prevenir, eliminar y corregir toda forma de discriminación por las causas legales (L 15/2022 art.2.1) en el ámbito del trabajo por cuenta propia.L 15/2022 art.11, BOE 13-7-22