Datos que debe contener la solicitud de alta de los trabajadores

21 junio 2022

Actualidad. 14 a 20 de junio de 2022

Datos que debe contener la solicitud de alta de los trabajadores
Se procede a ampliar los datos que deben constar en la solicitud de alta de los trabajadores. A los ya existentes, a partir del 2-1-2023, se añaden: el nivel de formación académica, la ocupación laboral, única o principal, y el centro de trabajo al que figura adscrito el trabajador por cuenta ajena cuya alta se solicita. El nivel de formación académica y la ocupación laboral deben incluirse con arreglo, respectivamente, a las clasificaciones nacionales de educación y de ocupaciones vigentes en cada momento.
MTA nº 918

9RD 84/1996 art.30.2.1º redacc RD 453/2022 disp.final 3ª.Tres; RD 453/2022 disp.final 10ª.2, BOE 15-6-22

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