10 marzo 2026
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 10-3-26 al día 16-3-26
Convenios colectivos
No existe imprudencia temeraria del empleado que exime de responsabilidad a la empresa en el recargo de prestaciones por falta de seguridad cuando no se le facilita la formación específica en el uso, manejo y mantenimiento de la maquinaria ni cuenta con la supervisión exigida por las instrucciones de la maquinaria.
MIT nº 5980
Un peón especialista francés es cedido por una ETT a una empresa de reciclaje de neumáticos. Al tirar de un trozo de neumático en la cinta de una cizalla rotativa sin desconectar la máquina, esta se vuelve a poner en marcha y atrapa su mano y brazo. El trabajador está de baja hasta el reconocimiento de una IPA. La ITSS levanta acta de infracción por falta grave en materia de seguridad y salud laboral y propone recargo de prestaciones del 30%.
La empresa recurre en suplicación, alegando que el acta de la ITSS no describía de manera suficiente los incumplimientos imputados, que no se acreditaba una relación de causalidad entre un incumplimiento preventivo y el accidente, y que los hechos se habrían valorado incorrectamente. De los hechos probados, el TSJ deduce que el trabajador fue destinado a un puesto de trabajo para el cual no había recibido formación suficiente (teniendo en cuenta que necesitó intérprete para suscribir el contrato, la mera entrega de documentación -manual de la máquina- en un idioma que no domina no se puede considerar actividad formativa suficiente), y para el cual tampoco contaba con la supervisión exigida por las propias instrucciones de la maquinaria. Por lo que no puede considerarse que su actitud constituya una imprudencia temeraria. El TSJ desestima el recurso.TSJ Sta. Cruz de Tenerife 7-7-23, EDJ 660362
Un análisis práctico ante la gran demanda de información por parte de los empresarios y asesores laborales por la elevada actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; entre otros temas te permitirá prevenir posibles sanciones o preparar tu actuación en los procedimientos de Inspección.
Precio
100 €
10 marzo 2026
Convenios colectivos
17 febrero 2026
Se prohíbe la reducción definitiva de los puestos de trabajo por causas ETOP o fuerza mayor y se establece el procedimiento para la suspensión de contratos y reducciones de jornada de los socios trabajadores de cooperativas incluidos en el RGSS, que tengan como causa directa los daños producidos por los fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura.
23 diciembre 2025
Durante el año 2026 se mantienen sin modificaciones la tabla general y la tabla reducida, sin perjuicio de actualizarse la base máxima de los tramos 11 y 12 de acuerdo con el tope máximo de cotización previsto para el RGSS para el año 2026.
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