Cotización de prácticas formativas, programas de formación con prácticas y prácticas no laborales

31 marzo 2026

Actualidad. 31 de marzo a 6 de abril de 2026

Cotización de prácticas formativas, programas de formación con prácticas y prácticas no laborales

Se establece la cotización para 2026 de las personas que realicen prácticas formativas mediante programas de formación y prácticas no laborales en empresas.

  • MS nº 3936, 3937, 3940, 3942
  • MSS nº 323, 702.1
  • MSAL-NOM nº 4017

Desde el 1-1-2026, la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación (LGSS disp.adic.52ª) asciende a las siguientes cuantías:

  • 1. Prácticas formativas remuneradas: se aplican las cuotas únicas mensuales por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los contratos de formación en alternancia. Las mismas cuotas se aplican a las prácticas de quienes participen en programas de formación con prácticas (RD 1493/2011) y a las prácticas no laborales en empresas (RD 1543/2011).
  • 2. Prácticas formativas no remuneradas: se establece una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de:
    • 2,88 € por contingencias comunes, excluida la IT, con un máximo de 65,42 €;
    • 0,35 € por contingencias profesionales (de los que 0,18 € son por IT y 0,17 € por IP y muerte y supervivencia), con un máximo 7,95 € (de los que 4,12 € son por IT y 3,83 € por IP y muerte y supervivencia).

En todos los casos, se aplica una reducción del 95% a las cuotas por contingencias comunes, sin que puedan aplicarse otros beneficios en la cotización, y no se cotiza por el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) ni por cotización adicional de solidaridad. OM PJC/297/2026 art.47, BOE 31-3-26

También puede interesarte

24 febrero 2026

Requisitos para la validez de los registros de bolsos y mochilas de los trabajadores, incluído el IMEI del móvil

La realización de registros diarios e ilimitados en el bolso de los trabajadores, incluyendo la exigencia de mostrar el número IMEI de su teléfono móvil, sin causa justificada ni sospecha previa, constituye una intromisión ilegítima en el derecho fundamental a la intimidad y dignidad del trabajador. Por el contrario, son válidos los realizados de forma puntual ante indicios razonables de hurtos, respetando la dignidad e intimidad del trabajador y con la presencia de representantes de los trabajadores.

10 febrero 2026

Contingencia de patología no listada en el cuadro de enfermedades profesionales, pero relacionada con la profesión

En una reclamación de enfermedad profesional por una patología no listada en el cuadro de enfermedades profesionales -disfonía-, pero relacionada con la profesión de la trabajadora -profesora-, la calificación correcta de la contingencia es la de accidente de trabajo, que, si no se solicita, produce la desestimación de la demanda, de acuerdo con el deber de congruencia con las pretensiones de las partes.

29 noviembre 2022

Naturaleza laboral o asociativa sindical de carácter voluntario de la prestación de servicios para un sindicato

Que un sindicalista ostente cargos en el sindicato no impide el reconocimiento de una efectiva relación laboral entre las partes, formalizada en sucesivos contratos temporales para obra o servicio determinado. Incluso el hecho de haber firmado por el trabajador comunicaciones o anexos al contrato en los que se indica que el vínculo es asociativo no laboral, no tiene eficacia frente a la realidad si de los hechos se acredita que el vínculo es laboral.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email