25 agosto 2026
Importe de la prestación del FOGASA en caso de pago de parte de la indemnización por la por empresa insolvente no concursada
El FOGASA debe descontar del importe de la prestación las cantidades indemnizatorias abonadas por la empresa, tanto en supuestos de insolvencia sin declaración de concurso como en casos concursales. Si lo pagado por la empresa supera el límite legalmente establecido de su responsabilidad subsidiaria, el Fondo no tiene que pagar ninguna cantidad en concepto de prestación de garantía por la indemnización.