Comunicación de la no superación del periodo de prueba coincidiendo con el inicio de una IT por COVID-19

8 febrero 2022

Actualidad. 1 a 7 de febrero de 2022

Comunicación de la no superación del periodo de prueba coincidiendo con el inicio de una IT por COVID-19

El simple hecho de que la empresa comunique la finalización de la relación laboral por no superación del periodo de prueba el mismo día que la trabajadora inicia una baja por IT por COVID-19 no es indicio suficiente de discriminación si no se acredita que la empresa conocía el resultado positivo en COVID-19 cuando se tomó la decisión de extinguir la relación laboral.

  • La trabajadora presta servicios, desde el 8-1-2021, por medio de un contrato interinidad a tiempo parcial. El 26-1-21 inicia una baja derivada de enfermedad común por COVID-19. Ese mismo día, la empresa le comunica la extinción del contrato por no superación del periodo de prueba. En el contrato de trabajo se establece un periodo de prueba según convenio, el cual fija un periodo de 30 días.
  • La cuestión que se plantea en el litigio es la existencia de un despido nulo, al coincidir la extinción del contrato con el conocimiento del positivo por COVID-19 de la trabajadora, equiparando el COVID-19 a una enfermedad estigmatizante.
  • El TSJ Valladolid estima que no existe un indicio contundente de discriminación, al no haber constancia de que la empresa fuese conocedora del resultado positivo en COVID cuando se tomó la decisión de extinguir la relación laboral. Ni en los hechos probados ni en los fundamentos de derecho consta ese conocimiento previo, no siendo suficiente la transcripción de la conversación con la directora del centro que, además, no se ha incorporado al relato fáctico. Por lo tanto, concluye que no se ha producido el indicio imprescindible para dar lugar a la inversión de la carga de la prueba, aunque se dé una coincidencia de fechas entre el positivo por COVID y la extinción del contrato en el periodo de prueba.

TSJ Valladolid 22-11-21, EDJ 809905

También puede interesarte

4 noviembre 2025

Presunción de laboralidad de un accidente y revisión de los hechos en suplicación

No es posible aplicar la presunción de laboralidad a un accidente que provoca una IT si no se articula prueba suficiente de su conexión con el trabajo. Y la no aplicación de la presunción de laboralidad en la sentencia de instancia no se puede revisar en suplicación si no se alteran los hechos que constan en aquella.

28 octubre 2025

Incomparecencia al reconocimiento médico de control de la IT debido a olvido provocado por tratamiento farmacológico

No justifica la incomparecencia a un reconocimiento médico de control de la IT, el tratamiento farmacológico de una enfermedad mental que produce olvidos como posibles efectos secundarios, si no se acredita que la persona trabajadora presenta problemas de atención o memoria que le impidan recordar una cita médica previamente programada.

23 abril 2024

Extinción del contrato de trabajo por IPT reubicado el trabajador en un puesto compatible

No es válida la extinción automática del contrato de trabajo basada en el reconocimiento de una IPT, máxime cuando el trabajador, desde la solicitud de la IPT hasta su reconocimiento en sede judicial, presta servicios en la empresa reubicado en otro puesto compatible con su discapacidad. La obligación empresarial de realizar ajustes razonables para mantener el empleo no se cumple solo con preverlos, sino que también han de ser mantenidos en el tiempo. A pesar de ello, el despido es calificado como improcedente en lugar de nulo, ante la falta de postulación de la nulidad por parte del trabajador.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email