Actualidad. 14 a 20 de febrero de 2023
Colaboración de las entidades financieras en el embargo de deudas de Seguridad Social
Se establece un procedimiento para obtener información y practicar el embargo, por medios informáticos y telemáticos, de los pagos efectuados a través de los Terminales de Puntos de Venta (TPV) a deudores de la Seguridad Social.
- Este procedimiento tiene por objeto la obtención de información y la práctica del embargo por medios informáticos y telemáticos de los pagos que se vayan a efectuar a los deudores de la Seguridad Social como consecuencia de las operaciones realizadas a través de TPV.
- El embargo de los citados pagos sólo se puede efectuar cuando el importe de la deuda contraída con la Seguridad Social sea superior a 3€.
- Las entidades financieras interesadas en adherirse al citado procedimiento deben formular, a través de su representante legal o de persona suficientemente apoderada, solicitud de adhesión al mismo dirigida al Director General de la TGSS.TGSS Resol 7-2-23EDL 2023/2194, BOE 17-2-23