Actualidad: 31 de marzo a 6 de abril de 2026
Coeficientes de cotización aplicables en los convenios especiales internacionales en 2026
Para 2026, se mantienen invariables los coeficientes de cotización de los convenios especiales internacionales que tienen como destinatarios a los españoles no residentes que ostenten la condición de funcionarios o empleados de organizaciones internacionales intergubernamentales, a quienes pasen a prestar servicios en la Administración de la UE y a los emigrantes e hijos de emigrantes.
- MS nº 9554, 9555
- MSS nº 6828, 6830
La nueva orden de cotización mantiene sin cambios los coeficientes de cotización de los convenios especiales de los siguientes colectivos:
- Españoles no residentes que ostenten la condición de funcionarios o empleados de organizaciones internacionales intergubernamentales: el 0,77% si el convenio especial lo hubieran suscrito antes del 1-1-2000, y el 0,94 % si la suscripción del convenio fue posterior a dicha fecha.
- Quienes pasen a prestar servicios en la Administración de la UE y firmen el convenio especial para cubrir el riesgo de incapacidad permanente: el 0,25%.
- Emigrantes e hijos de emigrantes: se aplica el 0,77%.
OM PJC/297/2026 art.24.1.e, f y g y 2, BOE 31-3-26