Actualidad: 7 a 13 de julio de 2026
Absorción del incremento convencional en salarios de entrada superiores
No supone doble escala salarial la previsión convencional de aplicar la compensación y absorción del incremento salarial de un determinado año con el complemento voluntario a cuenta de convenio que perciben los trabajadores contratados en dicho año con un salario superior a las tablas salariales de su categoría profesional.
Resumen (MS nº 7965, MSAL-NOM nº 381)
La cuestión consiste en determinar si supone una doble escala salarial el pacto de un convenio colectivo que prevé, para trabajadores contratados en 2023 con salario superior a las tablas salariales de su categoría, la compensación y absorción del incremento salarial de 2023 mediante el complemento voluntario de empresa “a cuenta de convenio”.
El Tribunal Supremo concluye que no existe doble escala salarial porque:
- La previsión convencional establece un mecanismo provisional, con vigencia solo para el año 2023, que absorbe el incremento previsto para dicho año (cifrado en el 4%), mediante la mejora de retribuciones que algunos trabajadores perciben en relación con las tablas del convenio a través de un complemento voluntario.
- El convenio no consagra diferencias retributivas entre categorías, sino que busca corregir, aunque parcialmente, las diferencias retributivas derivadas de la competencia de la empresa por los recursos humanos en el mercado laboral.
Referencias: TS 7-5-26, EDJ 586224