1 abril 2026
Castilla-La Mancha. Plan director de la Red Natura 2000
Se aprueba el plan director de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha.
Inexistencia de abusividad al ser válida y transparente la cláusula IRPH
La falta de transparencia en la información sobre el índice IRPH no implica automáticamente la nulidad de la cláusula. Para declarar su abusividad, es necesario que exista un desequilibrio significativo en las obligaciones contractuales. La mera complejidad o la falta de información completa sobre la evolución del índice no basta para invalidar la cláusula.
MI nº 6190
Se pronuncia el Tribunal Supremo sobre si la cláusula contractual que establece el índice de referencia IRPH Cajas en los préstamos hipotecarios es nula por abusiva o viciada en el consentimiento y cuál sería el alcance del control de transparencia aplicable a dicha cláusula.
Dos personas físicas suscribieron en 2007 dos préstamos hipotecarios con una entidad financiera, referenciados al índice IRPH Cajas, y posteriormente demandaron la nulidad de las cláusulas que establecían dicho índice y el interés de demora, alegando vicios en el consentimiento y falta de transparencia.
El Tribunal Supremo desestima la nulidad de la cláusula IRPH por vicio del consentimiento o por abusividad por falta de transparencia, confirmando que la falta de transparencia es condición necesaria pero no suficiente para declarar abusiva la cláusula. Se mantiene la validez de la cláusula IRPH y se confirma la imposición de costas a la parte recurrente.
La Sala fundamenta su decisión en la jurisprudencia del TJUE, que establece que la mera falta de claridad o transparencia no implica automáticamente la abusividad de una cláusula. Para declararla abusiva, debe existir un desequilibrio significativo en los derechos y obligaciones de las partes. Además, reconoce que la información precontractual fue suficiente, ya que el índice IRPH está supervisado por el Banco de España, por lo que no concurre vicio en el consentimiento ni falta de transparencia que justifique la nulidad.
TS 30-3-26, EDJ 543526
1 abril 2026
Se aprueba el plan director de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha.
1 julio 2026
Destaca el tribunal, al establecer con precisión que, en contratos de compraventas no residenciales, como los de apartamentos turísticos, la responsabilidad de las entidades bancarias avalistas se ajusta estrictamente a los límites cuantitativos de los avales individuales otorgados, descartando la extensión de la protección de la L 57/1968 que se aplica a contratos residenciales, y delimitando así el alcance de las garantías financieras en estos supuestos.
1 octubre 2025
No convalidación normativa aprobada por decreto ley. Efectos
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