Actualidad Inmobiliaria. Abril 2026
Efectos de la falta de transparencia de la cláusula de interés variable referenciada
La falta de transparencia en cláusulas que definen elementos esenciales del contrato, como el índice IRPH, no conlleva automáticamente su nulidad, sino que habilita la realización de un juicio de abusividad, precisando así el alcance del control judicial sobre cláusulas referenciadas a índices oficiales en contratos de préstamo hipotecario.
MI nº
619010
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre si debe considerarse nula por falta de transparencia la cláusula contractual que establece el
índice IRPH como referencia para el interés variable del préstamo hipotecario, o si es necesario realizar un juicio de abusividad para determinar su validez.
Una entidad bancaria concedió un
préstamo hipotecario a dos personas físicas con un interés variable referenciado al índice IRPH. Ambas dejaron de pagar las cuotas desde 2013 hasta 2016, lo que motivó la demanda de la entidad para declarar la resolución del contrato y el
vencimiento anticipado de la deuda, mientras que una de las prestatarias impugnó la validez de las cláusulas relativas al índice IRPH y a los gastos hipotecarios.
El Tribunal Supremo establece que la falta de transparencia de la cláusula IRPH
no determina por sí misma su nulidad, sino que constituye un presupuesto para realizar el control de abusividad, confirmando la doctrina previa y la jurisprudencia del TJUE. La falta de transparencia es un elemento para valorar la abusividad, pero no implica automáticamente la nulidad de cláusulas que afectan elementos esenciales del contrato como el precio (
LCGC art.5.4, 7, 8, 9 y 10;
Dir 93/13/CEEEDL 1993/15910 art.3, 4.2, 5 y 6; así como en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE).
TS 19-3-26, EDJ 540924