Actualidad Inmobiliaria. Mayo 2026. Canarias
Documentación necesaria para solicitar la calificación de viviendas o alojamientos protegidos
Se determina la documentación que habrá de acompañarse a la solicitud de calificación de viviendas o alojamientos protegidos.
MI nº
31482
Esta norma se apoya en el DL Canarias 24/2020 art.11, que exige, para acceder a las medidas de financiación del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025 en la promoción de viviendas protegidas de nueva construcción, la solicitud de declaración o calificación provisional de actuación protegida.
La presentación de la solicitud de subvención al programa correspondiente supone la solicitud implícita de la calificación provisional. Asimismo, la presentación de la solicitud de justificación de la subvención concedida supone la solicitud de la calificación definitiva.
Pueden presentarse por separado ambas solicitudes, tanto en esos supuestos como en otros incluidos entre las ayudas del Plan.
Junto con la solicitud, debe aportarse la documentación que se determine mediante Resolución del Instituto Canario de la Vivienda reguladora del procedimiento de calificación, con publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
La anterior Resol Canarias 21-11-25EDL 2025/21965 fijaba la documentación exigida, diferenciando entre clases de viviendas protegidas, pero no incluía documentación acreditativa de la recepción total o parcial de las obras de urbanización, expresa o por silencio administrativo, en casos de ejecución simultánea de obras de edificación y urbanización. Es necesario constatar que la urbanización está recibida antes de conceder la Calificación Definitiva, en el marco de lo previsto en el Decreto ley citado.
Resol Canarias 18-3-26EDL 2026/6984, BOCANA 4-5-26