Reglamento del régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo en Araba

3 febrero 2026

Actualidad: 3 a 9 de febrero de 2026

Reglamento del régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo en Araba

Se aprueba el Reglamento para la aplicación de la norma foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo. MFF nº 1178, 1318, 1790, 2430, 4226, 4766, 4775, 5007

Con efectos a partir del 5-2-2026, el nuevo reglamento:

  • a) Fija el procedimiento para la aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, así como para la memoria económica, y asimismo para la acreditación del derecho a la exclusión de la obligación de retener e ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por las entidades sin fines lucrativos.
  • b) Desarrolla los aspectos concretos del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, como la persecución de fines de interés general, los gastos de administración y gestión, así como las retribuciones de administradores nombrados en representación de esas entidades.
  • c) Desarrolla algunos aspectos de la llamada compensación simbólica o reputacional.
  • d) Regula las obligaciones de información y justificación documental en relación con los donativos, donaciones, aportaciones y prestaciones gratuitas de servicios.
  • e) Aclara aspectos de los gastos deducibles en actividades de interés general.
  • f) Desarrolla lo relativo a la deducibilidad de donativos, donaciones, aportaciones y prestaciones gratuitas de servicios en actividades prioritarias.
  • g) Regula los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público.
  • h) Desarrolla las previsiones de la NF Araba 35/2021, a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta en relación con la Iglesia Católica y otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas.

DF Araba 1/2026, BOTHA 4-2-26

NOTA: Con efectos a partir del 5-2-2026, queda derogado el DF Araba 60/2004, por el que se regulaba el Reglamento para la aplicación de la Norma Foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo.

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