Actualidad: 3 a 9 de febrero de 2026
Reglamento del régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo en Araba
Se aprueba el Reglamento para la aplicación de la norma foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo. MFF nº 1178, 1318, 1790, 2430, 4226, 4766, 4775, 5007
Con efectos a partir del 5-2-2026, el nuevo reglamento:
- a) Fija el procedimiento para la aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, así como para la memoria económica, y asimismo para la acreditación del derecho a la exclusión de la obligación de retener e ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por las entidades sin fines lucrativos.
- b) Desarrolla los aspectos concretos del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, como la persecución de fines de interés general, los gastos de administración y gestión, así como las retribuciones de administradores nombrados en representación de esas entidades.
- c) Desarrolla algunos aspectos de la llamada compensación simbólica o reputacional.
- d) Regula las obligaciones de información y justificación documental en relación con los donativos, donaciones, aportaciones y prestaciones gratuitas de servicios.
- e) Aclara aspectos de los gastos deducibles en actividades de interés general.
- f) Desarrolla lo relativo a la deducibilidad de donativos, donaciones, aportaciones y prestaciones gratuitas de servicios en actividades prioritarias.
- g) Regula los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público.
- h) Desarrolla las previsiones de la NF Araba 35/2021, a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta en relación con la Iglesia Católica y otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas.
DF Araba 1/2026, BOTHA 4-2-26
NOTA: Con efectos a partir del 5-2-2026, queda derogado el DF Araba 60/2004, por el que se regulaba el Reglamento para la aplicación de la Norma Foral del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo.