Régimen aplicable a la final de la «UEFA Champions League Masculina 2027»

26 mayo 2026

Con efectos a partir del 28-5-2026, las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español con motivo de la final de la «UEFA Champions League Masculina 2027» pueden optar por tributar por el IRNR, manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF, conforme al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español (LIRPF art.93).

Actualidad. 26 de mayo a 1 de junio de 2026


Régimen aplicable a la final de la «UEFA Champions League Masculina 2027»
Con efectos a partir del 28-5-2026, las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español con motivo de la final de la «UEFA Champions League Masculina 2027» pueden optar por tributar por el IRNR, manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF, conforme al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español (LIRPF art.93). MF nº 65; MIRPF nº 360
1RDL 12/2026 disp.adic.1ª.Dos.2; BOE 27-5-26

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