31 marzo 2026
Límites excluyentes del régimen simplificado y REAGP para el año 2026
Se extiende al año 2026 los límites incrementados de exclusión previsto en LIVA disp.adic.13ª.
Se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en el ITP y AJD, ISD e IMT.
16 Con efectos a partir del 26-3-2022, se aprueban los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos, autocaravanas y motocicletas, así como de embarcaciones de recreo, motores marinos y motos náuticas, usados, y los porcentajes de depreciación en función de la antigüedad de los mismos, en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT, siendo utilizables estos valores como medios de comprobación de los citados impuestos.
Se mantiene la eliminación de los precios medios de las aeronaves al constatarse la inexistencia de un mercado importante de aeronaves usadas, pudiendo la Administración realizar una valoración individualizada de cada aeronave cuando se produzca una operación aislada que lo requiera.DF Araba 12/2022EDL 2022/7411, BOTHA 16-3-22
NOTA: Con la entrada en vigor del presente DF, quedan sustituidas las tablas recogidas en el DF Araba 9/2021EDL 2021/7057 anexos I, II, III y IV, por el que fueron aprobados, para el ejercicio 2021, los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT en este territorio.
31 marzo 2026
Se extiende al año 2026 los límites incrementados de exclusión previsto en LIVA disp.adic.13ª.
1 enero 2026
Se aprueban los presupuestos generales de Gipuzkoa para el año 2026, en los que se incluyen diversas modificaciones en el IRPF. Entre ellas, se amplía el importe de la reducción por tributación conjunta aplicable a la base imponible general, se modifica la escala aplicable a la base liquidable general, se amplía la cantidad que cada contribuyente puede aplicar para minorar la cuota íntegra y se ajustan varias deducciones familiares y personales.
9 diciembre 2025
Con entrada en vigor el 13-12-2025 y aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2025, con el objetivo de incluir las inversiones en que puede materializarse la RIC (L 19/1994 disp.adic.15ª) se sustituye el modelo 282 por el contenido en el anexo de la presente Orden.
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