Nuevas funciones de las Áreas Regionales de Control e Investigación

30 junio 2026

Con efectos desde 4-7-2026, se les atribuyen nuevas funciones a estas Áreas Regionales integradas dentro de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.

Actualidad: 30 de junio a 6 de julio de 2026


Nuevas funciones de las Áreas Regionales de Control e Investigación
Con efectos desde 4-7-2026, se les atribuyen nuevas funciones a estas Áreas Regionales integradas dentro de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.
Con los efectos indicados, las Áreas Regionales de Control e Investigación que forman parte de la organización interna de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales se les atribuyen funciones en materia de investigación del contrabando, así como en relación con los incumplimientos de la normativa distinta de la aduanera. En concreto, se amplían las funciones que tenía atribuidas en las siguientes:
  • la investigación tendente a determinar modalidades concretas de contrabando y sus métodos de realización y la realización de estudios, análisis y actuaciones que permitan la detección del contrabando;
  • la investigación del cumplimiento de la normativa distinta de la aduanera, que deba aplicar la autoridad aduanera;
  • la iniciación, tramitación y resolución de los procedimientos de condonación o devolución en los casos previstos en el Rgto (UE) 952/2013 art.116.1, siempre que se refueran a deudas liquidadas por los órganos del Área Regional de Control e Investigación.

AEAT Resol 13-1-21 aptdo.quinto redacc AEAT Resol 23-6-26EDL 2026/10866 aptdo.cinco, BOE 3-7-26; AEAT Resol 23-6-26EDL 2026/10866 disp.final.única, BOE 3-7-26

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