26 mayo 2026
Tipo aplicable a la devolución de gasóleo de uso profesional
La aplicación hasta el 30-6-2026 del tipo del 10% al suministro de ciertas energías, estaba condicionada a que el IPC superara en más de un 15% el del IPC del mismo mes del año anterior (RDL 7/2026 art.42 redacc RDL 10/2026). No habiéndose cumplido esta condición respecto a la electricidad, gas y briquetas y «pellets», desde el 1-6-2026 el tipo aplicable vuelve a ser el 21%.