Actualidad. 3 a 9 de diciembre de 2024
Novedades en la declaración-resumen anual del IGIC
Con efectos desde el 3-12-2024, se modifica la declaración-resumen anual del IGIC (modelo 425), al objeto de permitir a los contribuyentes acogidos al REPEP consignar separadamente el volumen de operaciones. MCAN nº 4700, 3387
Desde la fecha indicada, y con el objetivo de adaptarlo a las reformas normativas introducidas en el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional -REPEP- (D Canarias 268/2011 art.47 nonies.1 redacc D Canarias 51/2024), se modifica la declaración-resumen anual del IGIC (modelo 425). Así, se habilitan las casillas necesarias para que los sujetos pasivos acogidos al REPEP puedan declarar por separado el volumen de operaciones:
- atribuible a la sede, domicilio fiscal o establecimiento permanente en Canarias;
- correspondiente a sedes o establecimientos situados fuera de Canarias.
Este modelo se empleará para las declaraciones correspondientes al año 2024 y ejercicios posteriores.Canarias Resol 18-11-24EDL 2024/22511, BOCANA 3-12-24