Novedades en el IVA de Bizkaia

6 mayo 2025

Actualidad

29 de abril a 5 de mayo de 2025

Novedades en el IVA de Bizkaia

Se adapta la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes. MFF nº 3985, 4050

Con efectos a partir del 22-12-2024, se establecen las siguientes novedades sobre:

  • Ingreso del impuesto en carburantes: se entiende realizada la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero respecto a las gasolinas, gasóleos y biocarburantes destinados a ser usados como carburante por:
    • el último depositante del producto que se extraiga del depósito fiscal, al que se va a repercutir el impuesto sobre hidrocarburos correspondiente. Es este depositante el que está obligado a liquidar el IVA por la operación asimilada a la importación; o
    • el titular del depósito fiscal, en caso de que sea el propietario del producto.
    Ambos están obligados a constituir y mantener una garantía que asegure el ingreso del IVA.
  • Aplicación del tipo superreducido: se incluyen entre los alimentos a los que se les aplica el tipo superreducido del 4% la leche fermentada producida por cualquier especie animal y el aceite de oliva.
NF Bizkaia 7/1994 art.19.5ª, 91.Dos.1.1º y anexo undécimo redacc DFN Bizkaia 1/2025EDL 2025/7349 art.único, BOTHG 29-4-25

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