Actualidad. 11 a 17 de noviembre de 2025
Novedades en el ITP y AJD de Bizkaia
Se introduce una adaptación reglamentaria relativa a la consideración de las parejas de hecho a efectos fiscales.
13Con efectos a partir del 17-11-2025, se considera asimilada a la pareja de hecho, constituida administrativamente conforme a la legislación vasca, a las parejas de hecho constituidas e inscritas de forma análoga en registros públicos, tanto de otras comunidades autónomas, como de otros Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de países terceros, en virtud de los principios de no discriminación y de respeto a las libertades fundamentales del Tratado UE.DF Bizkaia 63/2011 art.6.2 redacc DF Bizkaia 100/2025 art.8, BOTHB 17-11-25