1 enero 2026
Novedades en el Reglamento Foral del IS en Gipuzkoa
Se adapta el Reglamento Foral del IS a las recientes modificaciones introducidas en la Norma Foral del impuesto.
30 diciembre de 2025 a 5 de enero de 2026
Se establece una exención del pago del canon del agua por los usos del agua efectuados como consecuencia de los incendios del verano y el otoño del año 2025.MIES nº 9217 s.
Con efectos desde el 28-7-2025, se prevé la exención del canon del agua a ciertas poblaciones afectadas por incendios producidos en Galicia a partir del 28-7-2025. En este sentido, quedan exentos del pago de este tributo los consumos de agua realizados en los núcleos de población afectados por los incendios que provocaron la activación del Peifoga en situación 2, de acuerdo con los datos facilitados por la Axega.
Las entidades suministradoras están obligadas a aplicar la exención en las facturaciones que lleven a cabo correspondientes al periodo de facturación que incluya el periodo de exención.Respecto de aquellos importes ya repercutidos en la fecha de entrada en vigor de esta medida, las entidades suministradoras deben:
En el supuesto de contribuyentes que se abastezcan de fuentes propias, Augas de Galicia ha de identificar y, en su caso, aplicar la exención de acuerdo con el procedimiento indicado anteriormente.L Galicia 5/2025 art.12 y disp.final 3ª, DOG 31-12-25
1 enero 2026
Se adapta el Reglamento Foral del IS a las recientes modificaciones introducidas en la Norma Foral del impuesto.
30 septiembre 2025
En línea con lo establecido por el TS, el TEAC modifica su criterio sobre el tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos, según el cual este resulta contrario al Derecho de la Unión, por lo que la entidad que ha soportado la repercusión, como obligada tributaria, está legitimada para solicitar la devolución de las cuotas ingresadas por tal concepto.
25 febrero 2025
Corresponde a la Administración probar la simulación alegada, para lo cual debe acreditar que el contrato presuntamente simulado constituye una declaración deliberadamente disconforme con la auténtica voluntad de las partes con la finalidad de ocultación a terceros, en este caso, la Agencia tributaria.
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