20 enero 2026
Aplicación de la normativa autonómica del IP a residentes en un país tercero no perteneciente a la UE
El TEAC modifica su criterio, según el cual el obligado tributario, aun no siendo residente en un Estado Miembro de la UE puede optar, a efectos del IP, por la aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren la mayoría de sus bienes y derechos.